“…el caso contra Becciu puede no desmoronarse por entero; pero también significa que la gran narrativa moral del proceso ya no es incontestable.”
Por Víctor Manuel Grimaldi Céspedes
El juicio contra el cardenal Angelo Becciu parecía destinado a convertirse en la gran vitrina moral del pontificado de Francisco: el proceso que demostraría, ante el mundo y ante la propia curia, que ni la púrpura cardenalicia ni la vieja costumbre de administrar el dinero como si fuera un incienso sin contabilidad podían ya esconderse detrás de los muros leoninos.
Durante años se presentó así: como la prueba de que la reforma financiera del Vaticano había dejado de ser un sermón y se había transformado en castigo.
Pero de pronto, cuando todo parecía encaminado hacia la confirmación de una condena histórica, el edificio jurídico comenzó a ceder no por la fuerza de una absolución, sino por algo más devastador: por la sospecha de que el proceso nació herido en su forma.[1][2]
Eso fue lo que dejó al descubierto la decisión del Tribunal de Apelación del Estado de la Ciudad del Vaticano del 17 de marzo de 2026.
El tribunal no declaró inocente a Becciu ni convirtió en santos a los acusados del llamado escándalo del inmueble de Londres.
Hizo algo más inquietante: concluyó que una parte sustancial del andamiaje procesal estaba afectada por errores de origen. Entre ellos, la falta de publicación de un rescripto pontificio del 2 de julio de 2019, que autorizó a la Oficina del Promotor de Justicia a proceder con una modalidad excepcional de investigación, y la negativa de la fiscalía a depositar sin tachaduras el material completo de la investigación original.
La consecuencia fue explosiva: reapertura litigiosa sobre la validez de los actos iniciales, obligación de entregar el expediente íntegro y un nuevo calendario que lleva el caso, ya entrado en su séptimo año, hacia nuevas audiencias a partir del 22 de junio de 2026.[1][2][3]
Lo más grave no fue solamente el golpe al caso Becciu. Lo verdaderamente sísmico fue que, al razonar sobre ese rescripto, los jueces distinguieron entre una simple autorización ejecutiva y un acto de naturaleza legislativa.
Sostuvieron que, aunque el texto había sido presentado como rescriptum, en realidad introducía una innovación en el sistema jurídico vigente, y que por tanto debía haber sido promulgado o al menos puesto en conocimiento de quienes resultarían afectados por las medidas adoptadas a su amparo.[1]
En una sola maniobra, el tribunal se acercó al borde de una afirmación que durante siglos habría parecido impronunciable en el mundo canónico: que un acto de gobierno del Papa puede producir efectos jurídicos inválidos si su forma y su procedimiento no se ajustan a la legalidad del propio Estado vaticano.
Ahí está la grieta. Porque el principio clásico sigue en pie, al menos en la superficie.
La tradición canónica resume la soberanía pontificia con una fórmula lapidaria: prima sedes a nemine iudicatur, la primera sede por nadie es juzgada.[4]
Y la Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano, en su artículo 1, reafirma que el Sumo Pontífice posee la plenitud de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.[5]
Sin embargo, el fallo de marzo ha insinuado que una cosa es la intangibilidad teórica del Papa y otra la operatividad concreta de sus actos dentro de un proceso penal.
El tribunal no dijo que juzgaba al Papa; pero sí dejó entrever que podía examinar los efectos jurídicos de lo que el Papa había decidido, y esa diferencia —delicada, casi escolástica— tiene la potencia de un terremoto institucional.
El propio Ed Condon, en The Pillar, advirtió que el pronunciamiento parece introducir una forma de revisión judicial de los actos papales dentro del Estado vaticano, algo que, de quedar sin impugnación superior, alteraría el modo en que se ejerce la autoridad pontificia en la ciudad-Estado.[1]
Associated Press fue todavía más tajante al subrayar que era la primera vez que un tribunal vaticano anulaba en la práctica un rescripto pontificio por falta de publicación.[2]
Reuters, por su parte, resumió el golpe con el lenguaje seco de las agencias: error procesal, defecto de debido proceso, nulidad parcial del procedimiento y nueva ronda de audiencias.[3]
Tres miradas distintas, una misma conclusión: el llamado “juicio del siglo” ha dejado de ser únicamente un proceso por dinero para convertirse en una disputa sobre soberanía.
Y es aquí donde la figura de Francisco entra en escena con toda su complejidad. Jorge Mario Bergoglio gobernó muchas veces como pastor impaciente con la maraña jurídica que suele envolver la maquinaria curial.
Su impulso reformador, especialmente en materia financiera, estuvo marcado por la convicción de que el escándalo exigía decisiones rápidas y excepcionales.
En el caso londinense, esos instrumentos existieron: rescriptos reservados, procedimientos sumarios, escuchas electrónicas y medidas cautelares autorizadas directamente por el Papa entre 2019 y 2020.[1]
Esa flexibilidad, que en un contexto pastoral podía parecer valentía, ahora se lee —al menos para sus críticos— como el punto en que la urgencia moral dejó vulnerable la arquitectura jurídica.
El contraste con León XIV no puede ser ignorado. En su discurso del 14 de marzo de 2026 al inaugurar el año judicial del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, el nuevo pontífice afirmó que la observancia de las garantías procesales, la imparcialidad del juez, la efectividad del derecho de defensa y la duración razonable de los procesos no son simples instrumentos técnicos, sino condiciones de la credibilidad institucional.
Añadió además que, precisamente porque el ordenamiento vaticano sirve a la misión del Sucesor de Pedro y a la independencia de la Santa Sede, esa función judicial adquiere una relevancia todavía mayor.[6]
Puede que León XIV no haya comentado el fallo de apelación; pero su lenguaje jurídico, medido y casi notarial, hace visible una diferencia de estilo con su predecesor.
Francisco aparecía dispuesto a torcer la forma para salvar el fondo. León parece inclinado a creer que, si la forma se quiebra, también el fondo termina manchado.
En medio de esa transición de estilos emerge el cardenal Angelo Becciu, convertido ya no solo en acusado, sino en símbolo.
Su condena en primera instancia, dictada en diciembre de 2023, fue presentada como una victoria del saneamiento institucional.
Pero incluso entonces había un dato revelador: el tribunal de primera instancia evitó respaldar plenamente toda la teoría de la fiscalía y apoyó parte esencial de sus conclusiones en evidencia documental desarrollada durante el juicio mismo, no exclusivamente en la construcción más ambiciosa del Ministerio Público.[1]
Eso significa que el caso contra Becciu puede no desmoronarse por entero; pero también significa que la gran narrativa moral del proceso ya no es incontestable.
Y a partir de ahí aparecen los otros nombres sin los cuales esta historia se vuelve incomprensible.
El primero es Alessandro Diddi, promotor de justicia del Vaticano desde 2022, antes adjunto en el mismo cargo.[7]
Diddi fue el arquitecto jurídico de la acusación: el hombre que transformó el caos financiero, las transferencias oscuras y los intermediarios del negocio de Sloane Avenue en una gran narración penal sobre corrupción, abuso de poder y desvío de fondos.
Su oficina defendió durante años la retención parcial de materiales investigativos y la legitimidad de los procedimientos extraordinarios.
Pero el fallo de marzo de 2026 ha puesto precisamente ahí el foco: en si la fiscalía construyó un caso fuerte con herramientas procesalmente defectuosas.
Y no es un detalle menor que, apenas en enero de 2026, la Sala de Prensa de la Santa Sede informara que la Corte de Casación había tomado nota de la abstención declarada por el propio Diddi en esos procedimientos de apelación.[8]
Cuando un fiscal se retira formalmente en medio de una causa de esta magnitud, no desaparece del relato; al contrario, queda marcado por él.
Diddi sigue siendo, para bien o para mal, el rostro de un estilo acusatorio que en el Vaticano quiso parecerse a la severidad moderna de los estados de derecho, pero terminó reprochado precisamente por sus déficits de debido proceso.
Esa es una de las grandes ironías del caso: el proceso que debía demostrar la modernización judicial de la Santa Sede ha terminado sirviendo de argumento a quienes sostienen que la modernidad no se improvisa con decretos reservados ni con expedientes incompletos.
El segundo nombre decisivo es el de monseñor Edgar Peña Parra, Sustituto para los Asuntos Generales de la Secretaría de Estado.[9][10]
Ese cargo —algo así como jefe de gabinete del Papa en el corazón operativo de la Secretaría de Estado— no se limita a transmitir órdenes: organiza flujos de información, decide prioridades, procesa informes y convierte episodios administrativos en cuadros de situación.
En una estructura tan cerrada y jerárquica como la vaticana, quien ocupa esa oficina no solo administra papeles; administra percepciones.
Peña Parra no ha sido condenado en el proceso Becciu. Pero su nombre gravita sobre toda la saga del inmueble de Londres. En julio de 2024 compareció ante la High Court británica en la causa civil promovida por Raffaele Mincione contra la Secretaría de Estado, y allí se convirtió en uno de los más altos funcionarios vaticanos en testificar ante un tribunal extranjero.
Vatican News informó entonces que respondió preguntas sobre la relación financiera con Gianluigi Torzi y sobre los esfuerzos de la Secretaría de Estado para recuperar el control del inmueble de Sloane Avenue.[11]
Otros reportes señalaron además que reconoció haber aprobado una factura ficticia de cinco millones de euros en el contexto de aquellas operaciones, aunque negara haber mentido deliberadamente.[12][13]
No son datos marginales. Son los indicios de que, en el laboratorio interno del caso, la línea entre administración torpe, maniobra de presión y verdad incompleta fue a veces demasiado tenue.
Por eso el problema ya no puede describirse solamente como una pugna entre culpabilidad e inocencia. Hay algo más profundo: la fabricación de la versión oficial. En los estados modernos, la separación de poderes intenta evitar que quien informa al soberano sea el mismo que define la acusación y oriente la sentencia moral de los hechos.
En el Vaticano, donde la concentración de autoridad es constitutiva del sistema, esas fronteras son más porosas. Lo que un sustituto pone de relieve ante el Papa, lo que un secretario de Estado considera intolerable, lo que un promotor de justicia decide perseguir con energía extraordinaria, todo eso puede terminar encadenado en una sola secuencia.
No hace falta una conspiración melodramática para producir una injusticia; basta con una cadena de interpretaciones convergentes.
Ahí entra también la persona de Pietro Parolin, secretario de Estado, cuyo entorno institucional aparece una y otra vez en las derivaciones del caso, incluso en litigios británicos donde se discutió la entrega de mensajes y correos entre él y Peña Parra relativos al negocio londinense.[14]
El asunto dejó de ser la simple historia de un cardenal caído en desgracia. Se transformó en una radiografía de cómo el poder vaticano procesa, filtra y convierte en decisión la información que sube hacia el despacho papal.
Y todavía hay otro nombre que ilumina el trasfondo jurídico de esta crisis: Libero Milone, el ex auditor general del Vaticano. En julio de 2025, la Corte de Apelación rechazó su recurso por despido improcedente, pero en ese caso los jueces reafirmaron la premisa de que un acto papal directo, personal y debidamente formulado no es apelable.[1][15]
La importancia comparativa de Milone es enorme. Porque si en su caso la judicatura vaticana había mantenido la ortodoxia clásica sobre la inapelabilidad del acto pontificio, en el fallo de marzo de 2026, sin negar esa teoría, abrió una compuerta nueva: la de examinar si el modo concreto de ejercicio del acto pontificio produjo efectos inválidos por defecto de forma y de promulgación.
Entre Milone y Becciu se dibuja así una mutación delicada del ordenamiento: del Papa intocable al Papa cuyos actos pueden, al menos indirectamente, generar nulidades revisables.
Desde luego, nada de esto convierte automáticamente a Becciu en mártir, ni a Peña Parra en villano único, ni a Diddi en falsificador de oficio. Sería una lectura simplista, y además intelectualmente pobre.
El juicio nació de un escándalo real: una inversión londinense de centenares de millones, intermediarios opacos, pérdidas significativas para la Santa Sede y operaciones que difícilmente podrían defenderse como modelo de prudencia administrativa.[2][3]
La pregunta ya no es si había materia para investigar, sino si la Iglesia que quiso purificarse por medio de un gran proceso penal terminó debilitando su propia credibilidad al hacerlo con instrumentos excepcionales y prácticas discutibles.
En ese punto el caso Becciu deja de ser una crónica judicial y se vuelve una parábola del poder. Muestra cómo una monarquía sagrada intenta adoptar la apariencia de un estado de derecho sin renunciar del todo a las prerrogativas del absolutismo.
Muestra también cómo la transparencia, cuando se aplica selectivamente, puede convertirse en una nueva sombra. Y revela, sobre todo, que el Vaticano contemporáneo atraviesa una transición silenciosa: ya no basta con que el Papa quiera una reforma; hace falta que el modo de ejecutarla resista la prueba de la legalidad que la propia Santa Sede invoca ante el mundo.
Por eso el fallo del 17 de marzo de 2026 tiene un alcance que va más allá de la suerte personal de Becciu.
Si nadie lo revierte en la Corte de Casación o por otra vía institucional, quedará como el precedente que introdujo en la práctica una forma embrionaria de control judicial sobre los efectos de los actos pontificios dentro del Estado vaticano.[1][2][3]
No un control democrático, desde luego. No una separación de poderes al estilo republicano. Pero sí una advertencia de que incluso el poder más alto, si quiere ser creíble, no puede ya refugiarse completamente en la penumbra de la excepción.
En el fondo, eso es lo que vuelve tan decisiva la hora presente. Francisco quiso quebrar la impunidad con la fuerza de su autoridad moral. León XIV parece comprender que la autoridad moral, en este tiempo, no sobrevive si no pasa por la disciplina de las formas.
Becciu personifica la vieja corte herida. Diddi representa el ímpetu de una fiscalía que quiso modernizarse a golpes. Peña Parra encarna la zona opaca donde la información, la lealtad y la interpretación se mezclan antes de llegar al trono. Parolin recuerda que la Secretaría de Estado sigue siendo el nudo donde la política interna y la diplomacia externa se rozan con consecuencias imprevisibles. Y Milone, desde otro frente, sirve como testigo de que la batalla por el Estado de derecho en el Vaticano no empezó con Becciu ni terminará con él.
Lo que se ha roto, en consecuencia, no es solo un juicio. Es una ilusión. La ilusión de que bastaba con sentar a un cardenal en el banquillo para demostrar que la reforma financiera había triunfado.
La realidad es más áspera y más interesante: el caso ha exhibido que la Iglesia puede juzgar, pero todavía no ha resuelto del todo cómo juzgarse a sí misma sin herirse en el intento.
Tal vez ese sea el verdadero legado de esta crisis. No la caída de un hombre, ni la revancha de otro, ni la humillación de una fiscalía. Sino el descubrimiento de que el Vaticano ha entrado en una época en la que ya no puede gobernar solo con símbolos de soberanía.
Necesita procedimientos creíbles, expedientes íntegros, límites comprensibles y decisiones capaces de sostenerse no solo ante la obediencia, sino también ante el escrutinio.
De lo contrario, cada intento de purificación corre el riesgo de parecer una lucha de facciones vestida de justicia.
Y así, en los corredores donde todo se sabe tarde y nunca completo, la sentencia de marzo ha dejado una enseñanza que quizá León XIV entienda mejor que nadie: en la Iglesia, como en las viejas monarquías, el trono puede sobrevivir a los escándalos; lo que no sobrevive eternamente es la confianza en la forma en que el trono usa su poder.
El juicio contra Becciu seguirá. Habrá nuevas audiencias, nuevos papeles, nuevas defensas y nuevas filtraciones.
Pero algo ya no volverá a ser como antes. El Papa seguirá siendo soberano. Solo que, por primera vez en mucho tiempo, esa soberanía ha sentido el roce frío de una pregunta jurídica.
Fuentes y referencias:
[1] Ed Condon, “What the Vatican court ruling means for papal sovereignty, and Cardinal Becciu,” The Pillar, 17 de marzo de 2026.
[2] Nicole Winfield, “Vatican appeals court declares mistrial in the ‘trial of the century’ against a cardinal,” Associated Press, 17 de marzo de 2026.
[3] Reuters, “Vatican court declares partial mistrial in Cardinal Becciu case, citing procedural errors,” 17 de marzo de 2026.
[4] Código de Derecho Canónico, canon 1404: “Prima Sedes a nemine iudicatur”, en Acta Apostolicae Sedis.
[5] Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano, art. 1; texto de 2000 y referencia oficial actualizada por la Santa Sede en 2023.
[6] León XIV, “Inauguration of the Judicial Year of the Tribunal of the Vatican City State,” Vatican.va, 14 de marzo de 2026.
[7] Sala Stampa della Santa Sede, nombramiento de Alessandro Diddi como Promotor de Justicia, 23 de septiembre de 2022.
[8] Sala Stampa della Santa Sede, comunicado sobre las decisiones de la Corte de Casación y la abstención de Alessandro Diddi, 12 de enero de 2026.
[9] Sala Stampa della Santa Sede, nombramiento de Mons. Edgar Peña Parra como Sustituto para los Asuntos Generales de la Secretaría de Estado, 15 de agosto de 2018.
[10] Secretaría de Estado de la Santa Sede, estructura oficial de la Curia Romana, Vatican.va.
[11] Vatican News, “Archbishop Peña Parra gives testimony at British High Court,” 4 de julio de 2024.
[12] The Pillar, “‘I didn’t lie’ but ‘I was not honest,’ Peña Parra tells UK court,” 8 de julio de 2024.
[13] National Catholic Reporter, “Vatican chief of staff testifies in UK finance trial, admits to false invoice and blames…” 8 de julio de 2024.
[14] Crux, “UK court orders Vatican to turn over messages between Parolin, Peña Parra,” 20 de noviembre de 2023.
[15] The Pillar, “Vatican court rejects auditor’s wrongful dismissal lawsuit,” 23 de julio de 2025.
