Por José Manuel Jerez
Cada vez que el poder mundial cambia de manos, el derecho internacional cambia de rostro. No es casualidad: las reglas que gobiernan la convivencia entre naciones nunca han flotado por encima de la política; han sido, siempre, su reflejo jurídico. Hoy, cuando el mundo transita hacia un orden multipolar, vale la pena recordar de dónde viene ese derecho y qué nos dice su historia sobre el futuro que se avecina.
Todo comienza, paradójicamente, sin naciones. El ius gentium romano no fue concebido para regular relaciones entre Estados soberanos, sino entre ciudadanos y extranjeros dentro de un imperio que no reconocía iguales. Pero en esa fórmula aparentemente técnica ya latía una idea revolucionaria: la de que existen principios de justicia comunes a todos los pueblos, más allá de las fronteras y las costumbres locales.
Esa semilla germinaría quince siglos después, y no en Holanda, como suele repetirse, sino en Salamanca. Fue Francisco de Vitoria quien, al preguntarse con qué derecho Castilla gobernaba América, sentó las bases de un verdadero derecho de gentes aplicable a todos los pueblos, cristianos o no. Francisco Suárez perfeccionó la idea poco después. Hugo Grocio, un siglo más tarde, la sistematizó y la secularizó, dándole al derecho internacional el andamiaje jurídico que necesitaba un continente devastado por la guerra.
Esa guerra terminó en 1648, en Westfalia, y de sus tratados nació el sistema que todavía hoy llamamos westfaliano: Estados soberanos, formalmente iguales, sin autoridad superior común. Fue una revolución conceptual. Pero conviene no idealizarla: mientras Europa se reconocía a sí misma como comunidad de iguales, construía simultáneamente imperios coloniales regidos por reglas completamente distintas.
Esa contradicción estalló con toda su crudeza en el siglo XIX. El derecho internacional positivista, orgulloso de su rigor técnico, inventó el llamado "estándar de civilización" para excluir a la mayor parte de Asia, África y Oceanía de la condición de sujetos plenos de derecho. El reparto colonial de África en el Congreso de Berlín, realizado sin un solo representante africano en la sala, no fue una anomalía del sistema: fue, durante décadas, su funcionamiento normal.
El siglo XX intentó corregir el rumbo. La fracasada Sociedad de Naciones dio paso, tras la Segunda Guerra Mundial, a la Carta de las Naciones Unidas, que prohibió el uso de la fuerza y proclamó la igualdad soberana de todos los Estados. Pero incluso ese avance histórico quedó marcado por una desigualdad estructural: el derecho de veto de las cinco potencias vencedoras, que convirtió a la ONU en un multilateralismo con jerarquías incorporadas. Aun así, en las décadas siguientes floreció algo genuinamente nuevo: los derechos humanos, la descolonización, la justicia penal internacional. El individuo, por primera vez, se volvió sujeto directo del derecho internacional.
La caída de la Unión Soviética pareció confirmar, en 1991, el triunfo definitivo de ese orden liberal bajo liderazgo estadounidense. Pero las intervenciones de Kosovo e Irak, y sobre todo la sensación generalizada de que las reglas se aplicaban con rigor a los débiles y con flexibilidad a los poderosos, mermaron gravemente esa legitimidad. Fue el propio Occidente, con su doble rasero, quien sembró buena parte del terreno para el revisionismo que hoy encabezan Rusia, China y un número creciente de potencias del Sur Global.
Llegamos así al presente: un mundo donde el poder ya no se concentra en un solo polo, sino que se reparte entre varios, cada uno con su propia visión de lo que el derecho internacional debe ser. China invoca la no injerencia. Rusia denuncia el "orden basado en reglas" como una ficción occidental. Los BRICS construyen bancos e infraestructuras de pago alternativas a las de Bretton Woods. Y el Consejo de Seguridad, diseñado en 1945, se paraliza una y otra vez frente a las grandes crisis de nuestro tiempo, mostrando el desfase entre una institución de posguerra y un mundo que ya no se le parece.
Para países como República Dominicana, y en general para las democracias de poder relativo pequeño o mediano, este momento no es solo un riesgo. Es también una oportunidad. El multilateralismo tradicional, con todas sus imperfecciones, ofreció durante ocho décadas cierta protección formal frente al ejercicio unilateral del poder. Su erosión exige de nuestra diplomacia mayor sofisticación, más pluralidad de alianzas y una participación activa en la disputa por las reglas del futuro, en lugar de la simple aceptación de un orden diseñado enteramente por otros.
La historia del derecho internacional, del ius gentium romano al multipolarismo actual, no es la historia de un progreso lineal hacia la justicia universal. Es la historia de una tensión que nunca se resuelve del todo, entre la aspiración a reglas comunes para toda la humanidad y la persistencia tozuda del poder desigual entre quienes las escriben. Comprender esa tensión, hoy más que nunca, es la primera condición para no ser solamente sus espectadores.
P. S. El Derecho Internacional Público no es una obra concluida, sino una disciplina viva y en permanente construcción, que evoluciona al ritmo de las grandes transformaciones políticas, jurídicas y sociales de la humanidad. Por ello, invitamos a nuestros apreciados lectores a continuar acompañándonos en nuestras columnas de “Acento” y “El Nuevo Diario”, donde seguiremos profundizando y desarrollando, ampliamente, estos temas; analizando los desafíos del nuevo orden internacional y explorando las ideas y principios que habrán de modelar el Derecho Internacional del siglo XXI. El futuro del orden jurídico internacional se está escribiendo ante nuestros ojos, y comprenderlo es también una forma de contribuir a su construcción.
